La salida de Javi Martínez al Bayern de Múnich podría sufrir contratiempos. Así puede ocurrir si el Athletic denuncia al jugador y al club alemán ante la FIFA en el caso de que coloquen sobre la mesa los 40 millones de euros de la cláusula de rescisión, posibilidad que tanto la entidad alemana como el navarro dan por hecha. El club de Ibaigane conoce desde la noche del viernes que puede acogerse al reglamento FIFA sobre el Estatuto y Transferencia de Jugadores y valora qué hacer, según ha podido saber EL CORREO. Dar este paso colocaría a los bávaros y al jugador ante el riesgo de durísimas sanciones y probablemente signifique un importante cambio de escenario en la operación.
La norma FIFA indica que no se puede contratar a un jugador dentro del denominado período protegido, «de tres temporadas tras la entrada en vigor de un contrato si se firmó antes de que el jugador profesional cumpliese 28 años», según se indica en el apartado de 'definiciones' del reglamento. Esta normativa aclara después, en su artículo 17, que «el período protegido comienza de nuevo cuando, al renovar el contrato, se amplía la duración del anterior». Martínez cumple estas dos condiciones. Fernando García Macua le renovó el 1 de abril de 2011 hasta 2016 con aumento de 30 millones a 40 de cláusula, y el campeón del mundo cumplirá 24 años el 2 de septiembre. Los dirigentes meditan ahora si agarrarse a este blindaje legal. Ésta no es, sin embargo, un arma cualquiera. De dar el paso, tiene el suficiente calibre para tirar abajo la operación de forma inmediata.
Es probable que el Bayern haya reparado también en el riesgo y que ésta sea la causa de que no acabe de depositar el dinero de la cláusula pese a que así lo decidió y anunció su consejo de administración. «Hemos dado luz verde a la operación», dijo Ulie Hoeness, su presidente. Esto explicaría también por qué los alemanes insisten en su oratoria en la necesidad de alcanzar un 'acuerdo amistoso', pactar un traspaso por 40 millones, algo a lo que el Athletic se niega. Es probable que el asunto haya sido colocado encima de la mesa en la conversaciones que se mantienen desde el viernes en Múnich entre los miembros de Bahía, la empresa que le representa, su hermano Álvaro y el club muniqués.
La FIFA pretende que los proyectos deportivos tengan estabilidad y proteger a los clubes de menor poder económico de las grandes sociedades. «La rescisión unilateral de un contrato de trabajo sin causa justificada es siempre inadmisible», advierte en su norma. Por eso, desde enero de 2006 rige un reglamento muy estricto de cara a las transferencias de los futbolistas. Para evitar que estos salten de un equipo a otro resolvió que la única opción para fichar a un jugador incluido dentro del período de protección (tres temporadas para los menores de 28 años; dos para los mayores) es un acuerdo entre entidades. «La rescisión de un contrato durante los 3 primeros años, en un contrato firmado hasta el 28 cumpleaños del jugador tiene como consecuencia, además de la indemnización económica, la imposición de sanciones deportivas». Es decir, no vale llegar con la cláusula de rescisión y protagonizar una operación hostil.
Si es así, el Athletic podría denunciar al Bayern ante la FIFA por incentivar a Javi Martínez a romper el contrato. Y se articularía el capítulo de las sanciones. El jugador se expone a «una restricción de cuatro meses en su elegibilidad para jugar en cualquier partido oficial. En el caso de circunstancias agravantes, la restricción será de seis meses. En cualquier caso, estas sanciones deportivas deberán surtir efecto a partir del comienzo de la siguiente temporada del nuevo club», indica el artículo 17.3 del reglamento FIFA. Es decir, si el Bayern colocara los 40 millones sobre la mesa, el navarro estaría un mínimo de cuatro meses sin jugar si el Athletic diera el paso .
El castigo para el Bayern sería durísimo también. El artículo 17.4 lo recoge. «Debe suponerse, a menos que se demuestre lo contrario, que cualquier club que firma un contrato con un jugador profesional que haya rescindido su contrato sin causa justificada ha inducido al jugador profesional a ello. La sanción consistirá en prohibir al club la inscripción de nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, durante dos periodos de inscripción». En resumen, el Bayern no podría fichar hasta el 1 de enero de 2013. Se quedaría sin hacerlo en los dos próximos mercados, el de invierno, que se inicia el 1 de enero, y el de verano, del 1 de julio al 1 de septiembre. Las represalias llegarían incluso a los agentes del navarro, de la empresa Bahía, porque la FIFA, aunque no las especifica, anuncia «sanciones a cualquier persona implicada en la ruptura que esté bajo jurisdicción de los Estatutos».
El antecedente del Lens
Íñigo Landa, vicepresidente de la Comisión de Derecho Deportivo del Colegio de Abogados de Bizkaia y miembro del Tribunal Arbitral del Deporte del País Vasco, no tiene dudas. «Si el Athletic denuncia al Bayern habrá sanciones para el jugador y para la entidad alemana, de obligada imposición por parte de la FIFA, que no tendría margen de maniobra en este caso ya que uno de los principios que ha establecido para la protección de los clubes de menos potencial económico es la estabilidad contractual». El letrado bilbaíno añade que «el Athletic ya está informado y conoce perfectamente la situación».
La FIFA es muy estricta en estos casos y no le tiembla el pulso a la hora de castigar a las poderosas escuadras denunciadas por otras más pequeñas. Hay un antecedente al que puede agarrase Ibaigane. El Chelsea fue sancionado en septiembre de 2009 por la Cámara de Resolución de Disputas por contratar al futbolista francés Gael Kakuta, entonces de 18 años y en el Lens francés, dentro del período protegido. Este prometedor delantero militaba en el equipo galo y el club londinense le incorporó para su academia ascendiéndole, posteriormente, al equipo de reservas del club inglés. El Lens denunció, por entender que le había incentivado a romper el contrato y sus quejas fueron atendidas por la FIFA: castigó al Chelsea con una multa de 130.000 euros que pagó en concepto de formación del jugador, y le prohibió fichar durante dos mercados. Katuka fue sancionado con cuatro meses sin jugar.
Un dirigente que entendió enseguida el valor del reglamento como dique de contención ante las poderosas escuadras europeas fue Luis Álvaro Ribeiro, presidente del Santos brasileño. El verano de 2010 se lo pasó leyendo que el Madrid iba a colocar sobre la mesa los 45 millones de la cláusula de rescisión de Neymar. Hasta que explotó. «Si el Madrid u otro club paga lo llevo ante la FIFA para que lo sancionen». El crack brasileño, advirtió, se encontraba dentro del período protegido porque había firmado su último contrato en 2009. El efecto fue fulminante. El presidente blanco, Florentino Pérez, se retiró de inmediato.
Me disculpan, pero en este caso no se aplicaría esta sanción, porque el Athletic y el jugador acordaron en el contrato un mecanismo para la resolución del contrato, denominado "Cláusula de rescisión".
ResponderEliminarLa FIFA acepta que el acuerdo de esta "válvula de escape" deja sin efecto esta normativa, porque no se puede considerar unilateral algo que ha sido consensuado previamente.
Además, sería cuando menos ilógico que el Athletic le reclamara a algún club el llevarse a Martínez, cuando ellos hicieron lo mismo cuando lo trajeron de Osasuna...